Ricardo Pérez Lama - Lama y Asociados - Abogados

El instructor propone el archivo de la querella de Coté contra Morán

Ricardo Pérez Lama. Lama y Asociados.

La Voz de Galicia.

Sande García hace suyos los argumentos del abogado del magistrado.

El magistrado del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) Pablo Sande García, instructor del sumario abierto a raíz de la querella interpuesta por José Manuel López Pérez -Coté- contra el juez Alejandro Morán Llordén, acaba de dictar un auto por el que declara concluso el procedimiento y propone su archivo «por la inexistencia de indicios racionales de criminalidad». El instructor hace suyas las alegaciones de la representación procesal del magistrado Morán Llordén, ejercida por el abogado ferrolano Ricardo Pérez Lama, así como de las conclusiones del procedimiento disciplinario seguido ante el Consejo General del Poder Judicial, en las que se dice que «la demora en la notificación no puede ser imputable a desidia o negligencia de los titulares de los órganos judiciales afectados», refiriéndose tanto al Juzgado ferrolano como al de Betanzos.

La querella de Coté, imputado por supuestos delitos de intrusismo médico, entre otros, se refería a una supuesta prolongación injustificada de la prisión provisional del supuesto falso médico -ese procedimiento sigue en fase de instrucción- por parte del magistrado Morán Llordén cuando era titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Ferrol. Se trataba de un retraso de alrededor de 18 horas desde que la esposa de Coté presentó el aval en Ferrol hasta que desde el Juzgado instructor se comunicó la salida de prisión al de Betanzos, del que depende el penal de Teixeiro.

En el presente auto, el magistrado del TSXG declara concluso el sumario contra Morán Llordén y argumenta que coincide con la representación letrada de este en «la inexistencia de indicios racionales de criminalidad que consientan dictar auto de procesamiento alguno». Añade que «ha de quedar excluido en la medida en que no consta acreditada la participación del querellado en la ejecución, por acción u omisión, de los hechos por los que se incoó el presente sumario, lo que por lo demás resulta plasmado en el relato histórico que se desprende del escrito de su representación procesal» y apostilla que, por lo tanto, lo procedente es la conclusión del sumario sin procesamiento al constar acreditada la no participación de Morán en la ejecución de los hechos.

El relato histórico al que se refiere Sande García son las alegaciones del abogado Pérez Lama en las que se concreta el proceso seguido, la imposibilidad de tramitar el exhorto en horas nocturnas y el hecho de que la actuación se produjo con la menor dilación posible y dentro del plazo de 24 horas. Se indica, asimismo, que la incoación de la causa partió de una «prueba ilícita» por parte de Coté, que convierte la querella en «una clara, flagrante y patente falsedad en documento oficial».