Rocío Beceiro González - Lama y Asociados - Entrevista ABC.

«El jurado popular habría condenado a los padres de Asunta a prisión permanente»

Rocío Beceiro González. Lama y Asociados.

ABC.

La abogada Rocío Beceiro, acusación en el crimen del filicida de Oza, analiza para ABC la pertinencia de esta pena en la legislación española

De la mano del bufete de ferrolano Lama y asociados, que ostenta la delegación de la Asociación Clara Capoamor en Galicia, la letrada Rocío Beceiro ha participado en algunos de los procesos penales más mediáticos de los últimos años. Desde la muerte de Asunta Basterra al asesinato del pequeño Javier en un monte de Oza, la abogada analiza para ABC la polémica alrededor de la derogación de la prisión permanente revisable, ligada a los casos que se ajustan a ella.

La semana pasada el jurado popular emitió un veredicto unánime de culpabilidad en el caso del filicida de Oza. Como representante de la Asociación Clara Campoamor, coincidió con la acusación particular, la Xunta y la propia fiscal en solicitar la pena de prisión permanente revisable. ¿Esperaban un veredicto tan contundente?

Lo que no esperábamos es que fuese tan novedoso, porque declaran al acusado culpable de dos delitos: el de asesinato y el de lesiones psíquicas a la mujer. Lo importante es que consideran que los dos delitos están en concurso medial, lo que quiere decir que el asesinato ha sido un medio para causar las lesiones psíquicas a la mujer. Eso es vital porque el principal problema que teníamos con el jurado popular es que los miembros fuesen capaces de ver eso, porque es un poco complejo. También por novedosa e importante es la aplicación del agravante de género, lo que implica que todo ha sido hecho por motivos de género, de humillación, de sometimiento de su exmujer. Es complejo. Que el jurado haya sido capaz de apreciar estas cuestiones hace que cada día que pasa me sorprenda y me congratule al mismo tiempo más de la determinación del tribunal.

Ahora queda que la juez dicte sentencia. ¿Confían como acusación popular en que Marcos Mirás sea condenado a la pena máxima?

Yo estoy segura. Se ha pedido la prisión permanente y yo creo que se va a imponer porque, además de tener el asesinato cualificado con alevosía, tenemos dos agravantes que son la de parentesco y la de género, con lo que llegamos al mayor nivel de agravación posible. Eso impide que se pueda reducir la pena.

El filicida de Moraña, que mató a sus dos hijas con una sierra radial, fue el primer condenado en España a PPR tras la reforma penal. Dada la gravedad de la condena, ¿sería más conveniente que esta decisión dependiese un tribunal profesional?

Yo estoy totalmente a favor del jurado popular. Si está bien formado, y en este caso la elección de los integrantes es muy importante, al final llegan a sentencias serias y muy sensatas, pese a la complejidad de algunos casos. El funcionamiento del jurado popular depende de que los profesionales seamos capaces de transmitirlo todo de una forma comprensible para que puedan asimilarlo. A veces el fallo del jurado depende más de que España los profesionales no estamos acostumbrados a este tipo de juicio. Por eso yo les insisto en que se van a pronunciar sobre unos hechos y para eso no tienen que saber de leyes. Todos hacemos a diario juicios de culpabilidad en nuestra vida.

Los paralelismos entre el caso de Oza y el de Moraña son evidentes. También conectan con el caso Asunta. Usted representó a la acusación popular en este juicio junto a Ricardo Lama. ¿Habría cambiado su petición de pena con la nueva legislación en la mano?

Sí, y no tengo dudas de que el jurado también hubiera resuelto por unanimidad su culpabilidad y lo hubiesen condenado a una prisión permanente revisable. Es un caso sangrante y aberrante donde llegamos a límites de maldad impresionantes, donde los padres matan a sus hijos por motivaciones que una persona normal no puede llegar a comprender.

La diferencia en años entre la condena impuesta Rosario Porto y a Alfonso Basterra con respecto a la del filicida de Moraña es notable…

Sí. Al imponer la pena permanente el condenado debe contar con una autorización del tribunal para pasar a tercer grado. Pero esto no se podrá hacer hasta cumplidos 25 años de condena. Y durante este período no va a poder tener permisos de salida hasta cumplidos 12 años de prisión efectiva. Son una serie de cautelas para personas que han cometido hechos especialmente graves, cuando no tenemos garantías de que la persona esté rehabilitada. En el caso de los padres de Asunta ya pueden optar a permisos breves de salida.

¿La derogación de la PPR restaría justicia a la hora de condenar este tipo de casos?

Sí, porque como su propio nombre indica es revisable. No estamos hablando de una cadena perpertua. Es una pena que se revisa a partir de unos determinados periodos de tiempo. Si se deroga estaremos cometiendo un error muy grave como sociedad porque no es un cadena perpetua, los países de nuestro entorno también la contemplan y está específicamente prevista para casos gravísimos. Tenemos que decidir en qué sociedad queremos vivir y preguntarnos si queremos estar en una sociedad donde llegado un tiempo, se haya rehabilitado o no esa persona, la vamos a poner en la calle con nuestros hijos. Es eso o elegir vivir en una sociedad más civilizada donde ante hechos gravísimos se impongan penas igual de graves y en las que la reinserción dependa de la actitud del condenado. Si se deroga, asesinos como el de Oza saldrán a la calle y —a mí no me cabe la menor duda después de haberlo escuchado en el juicio— ese hombre, ante la menor oportunidad, va a matar a su exmujer.

Si se deroga la prisión permanente, ¿en qué situación legal quedan asesinos como el de Moraña?

Pues estaríamos con una prisión de 20 años y con la posibilidad de obtener beneficios penitenciarios y permisos de salida.

«El currículum de Abuín va a ser valorado al pedir violación»

Caso Diana Quer. También se pretende pedir la PPR, pero es esencial probar el móvil sexual…

Es determinante porque en caso de asesinato para mayores de 16 años debe mediar un atentado contra la libertad sexual. Por eso digo que es una pena muy tasada y que no está ahí para todos los delitos. Si no pudiéramos llegar a probarlo, estaríamos ante un asesinato con una pena de 20 años.

Para que el móvil sexual llegue a valorarse en juicio tienen que recopilarse antes pruebas de que se cometió una violación…

Sí, pero de todos modos, hay que pensar que cuando hablamos de pruebas no tienen por qué ser directas e irrefutables. Nuestros tribunales admiten tanto la prueba directa como la indiciaria.

¿Cuál sería en el caso de Diana, sin un análisis forense determinante?

Todavía estamos en instrucción. Tenemos que solicitar más pruebas, ver el resultados de todas y montar ese puzzle. Adelantarlo es precipitado. Lo veremos cuando acabe toda la prueba y formulemos acusación por determinados delitos.

La duda es saber si el currículum de Enrique Abuín, con otras investigaciones por delitos sexuales, puede favorecer esa prueba indiciaria.

Claro que va a ser tenido en cuenta.