Caso Óliver

El Supremo da la razón al marido de la ferrolana que mató a su hijo y se suicidó. Letrado, Ricardo Pérez-Lama.

El alto tribunal critica que la Xunta entregase a la familia al joven, esquizofrénico y con comportamiento violento

Autor: Francisco Varela
Fecha de publicación: 4/3/2010

Los jueces comienzan a darle la razón a Manuel Bouza, marido de la mujer que en el año 2000 mató al hijo de ambos y luego se suicidó arrojándose al mar en la playa de Covas (Ferrol). Se trata del caso de Oliver, que hace diez años fue noticia porque su madre, antes de los hechos citados, pidió en rueda de prensa que la Xunta, entonces gobernada por Manuel Fraga, se hiciese cargo del muchacho, ya que no era dueño de sus actos.

Por ello, Manuel Bouza, tras aquel suceso, emprendió acciones judiciales contra la Xunta por la vía de lo contencioso-administrativo, pero el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) desestimó el recurso. El fallo daba a entender que el padre de Oliver también era responsable en parte de lo ocurrido por no haberse ocupado convenientemente de su hijo.

Esta sentencia fue recurrida ante el Supremo, que ahora se pronuncia anulando la del TSXG y acuerda volver las actuaciones al momento de la práctica de la prueba, porque lo hecho en esta fase no se ciñe a lo solicitado y acordado, por lo que se produjo una situación de indefensión de Manuel Bouza. Además, el Supremo considera que el TSXG es contradictorio en sus conclusiones cuando habla de falta de diligencia del padre porque el informe de la Xunta decía lo contrario. El problema de fondo es que la Administración autonómica carecía de instalaciones o residencias adecuadas para atender a jóvenes como Oliver, un esquizofrénico que evolucionó a comportamientos violentos que acabaron por perturbar también a su madre. Según el Supremo, la falta de medios no era motivo para que la Xunta levantase la guarda del menor, que tenía encomendada, y lo devolviese al seno familiar, con una madre que no estaba preparada para afrontar tal responsabilidad.

El Código Civil

Por eso, el tribunal considera que no está «bien delimitada» la supuesta falta de diligencia del padre, que reclama la responsabilidad patrimonial de la Xunta por esta actuación. El letrado de Bouza, Ricardo Pérez-Lama, basó parte de su alegato en el artículo 172 del Código Civil, que regula la tutela de menores en situación de desamparo, como era el caso, y establece la obligación de las instituciones públicas de intervenir con sus medios. Porque, según dicho artículo, cuando los padres se vean desbordados «podrán solicitar de la entidad pública competente [la Xunta] que esta asuma su guarda durante el tiempo necesario». Con Oliver, la Administración no lo hizo.

Según el psiquiatra Cacabelos, el chico padecía trastornos graves de conducta de tipo agresivo. Ocurría que la conducta violenta de Oliver empeoraba cuando era devuelto al seno familiar, en el piso de Narón donde lo mató su madre. Manuel Bouza, tras aquellos episodios, pasó año y medio de baja en su trabajo de taxista en Pontedeume y a tratamiento psiquiátrico. Según comenta, él pensó también en quitarse la vida, pero la ayuda de sus familiares, de sus compañeros de trabajo -de los que se deshace en elogios-, y de la psiquiatra que lo atendió como paciente, lo llevaron a seguir adelante. Ahora, con 63 años, trabaja de nuevo como taxista, pero no olvida lo ocurrido, y por ello quiere que los tribunales lo compensen y lo indemnicen con 250.000 euros. Tras el caso de Oliver, la Xunta montó con urgencia una residencia especial para chicos enfermos mentales violentos. Para Manuel Bouza, lo ocurrido a su hijo y a su esposa al menos sirvió para algo.

La Voz de Galicia