El Supremo admite a trámite un recurso contra la sentencia del TSXG sobre el plan de sectorización
La sección primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo admitió a trámite el recurso de casación presentado por el bufete ferrolano Lama & Asociados contra la sentencia del TSXG de 29 de enero de 2009 sobre la cementera de Castro.
Este último documento judicial anulaba el plan de sectorización de la parcela anexa al polígono de Río do Pozo, en donde se asienta la molienda de Cementos Galegos -actualmente gestionada por el grupo Tudela Veguín-. La promotora de la molienda adquirió en su día unos terrenos anexos al mencionado parque empresarial, construyendo la industria a escasos metros de un área habilitada específicamente para usos industriales. El Ayuntamiento de Narón interpuso también un recurso de casación que no corrió igual suerte que el promovido por la empresa, al ser el primero de ellos rechazado por el Supremo. Es precisamente a este recurso del consistorio al que mayor alusión se hace en esta última sentencia del Supremo, que le dedica ocho páginas. El documento, tal y como se especifica en la sentencia, “enumera sin más una serie de principios, determinados preceptos de los que transcribe literalmente su contenido y normas autonómicas”. El informe del Supremo incide en que el plan que se impugna fue aprobado por el Ayuntamiento pero no por la administración autonómica, que se limitó a emitir un informe, “lo que, obviamente, no la convierte en parte necesaria del proceso”. Como consecuencia de la desestimación del recurso presentado por la defensa del consistorio, éste tendrá que pagar las costas procesales, declarándose un máximo a reclamar en concepto de honorarios del letrado por la parte recurrida de 1.000 euros.
El acuerdo del Supremo es rotundo en lo que respecta al recurso de casación interpuesto contra la misma sentencia del TSXG por la representación de las entidades Cementos Occidentales SA y Cementos Galegos SA -promotores de la cementera-, admitiéndolo a trámite. La Sala consideró que el escrito de preparación del recurso se ajusta a lo que dispone el artículo 89.2 de la Ley de Jurisdicción, “habiendo quedado justificado de modo suficiente que la infracción de las normas de derecho estatal que cita, invocadas en la contestación a la demanda, son preceptos que han tenido relevancia, determinando el fallo recurrido”. El abogado Ricardo Pérez Lama, del bufete ferrolano Lama & Asociados, llevó personalmente el caso. A última hora de la tarde de ayer mostraba su satisfacción por el hecho de que el Supremo admitiese a trámite el recurso presentado, reconociendo que “se trata de un caso muy complicado porque las normas aplicadas son autonómicas pero las conjugamos con otras estatales y nos admiten el recurso en toda su extensión”.
Acostumbrado precisamente a bregar con esos casos complicados, Pérez Lama incidía ayer en que el fondo de la cuestión “no está resuelto” y recordaba que está en trámites una revisión del planeamiento. “El hecho de que se haya admitido el recurso nos da una tranquilidad bastante grande, porque Cementos Occidentales había invertido un dineral en las instalaciones, había en juego unos cincuenta millones de euros”, indicó el abogado. Y fue precisamente el bufete Lama & Asociados el que logró frenar el cierre de la empresa, que implicaría indemnizaciones multimillonarias. Las licencias de obra, actividad, autorización ambiental integrada y proyecto de urbanización están en regla, apuntó el abogado, y en los próximos meses el proceso judicial continuará avanzando en aras del pronunciamiento definitivo.
“En caso de que el Supremo no admitiese a trámite el recurso, la sentencia del TSXG cobraría firmeza y abocaría al cierre a las instalaciones”, apuntó Ricardo Pérez Lama. El trabajo del prestigioso bufete ferrolano permitirá a la cementera continuar desarrollando su actividad hasta que llegue el pronunciamiento final, una situación que podría demorarse, como mínimo, entre tres y cuatro años, tal y como indicó el abogado.
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