Policia judicial en el Ayuntamiento

El Juzgado decreta el sobreseimiento provisional de la operación Torre

Alberto Pérez San Martín. Lama y Asociados

El Juzgado de Instrucción número 3 de Ferrol ha decretado el sobreseimiento provisional de la causa abierta a raíz de la denominada “Operación Torre” en el Concello de Ferrol, relacionada con una presunta trama de adjudicaciones irregulares en la que figuraban como imputados el concejal socialista Gerardo López Castrillón, el antiguo interventor Manuel Vázquez Méndez; los arquitectos técnicos María del Mar Piñeiro Otero y David Couselo Méndez y los administradores de las empresas Sanmartín, Guillermo Sanmartín Adega, y Parquet Albanese, María Dolores Fernández Rico. Los delitos de los que se les acusaba, juntos o por separado, son falsedad documental, prevaricación, malversación de caudales públicos y tráfico de influencias.

Según el auto, ha quedado acreditada la existencia de un error de cálculo por parte de la Policía en su informe, a la hora de detraer el IVA, que ha desmontado buena parte de los presuntos delitos. Así, se apunta que no existen las incorrecciones en las certificaciones que daban origen al supuesto delito de falsedad documental. En cuanto a la prevaricación, se apunta que no ha quedado debidamente probada por cuanto los arquitectos técnicos no dictan actos administrativos y también como consecuencia de los cálculos erróneos citados.

El Juzgado reconoce una serie de discrepancias interpretativas en relación con el contrato de mantenimiento de Sanmartín, pero apunta que no se ha probado que las obras no se hayan ejecutado o que se hubiera causado daño a los fondos públicos. Asimismo, no se ha acreditado que se certificase por encima del valor real –una vez más por los errores de cálculo del informe policial–. El auto pone de manifiesto la existencia de una “situación de conflicto entre técnicos e interventores” pero no un acuerdo entre ente público y sector privado para evitar licitaciones, ni tampoco aprecia la existencia de facturas falsas por parte de Albanese.

El sobreseimiento provisional puede impugnarse por un recursos de reforma y subsidiario de apelación en los tres días siguientes a su notificación o bien con un recurso de apelación directo, en este caso en el plazo de cinco días.

El fiscal pidió el pasado día 17 al juez el sobreseimiento provisional de las actuaciones por entender que no consta la existencia de una trama, apuntando los argumentos que ahora recoge también el auto.

En aquel escrito recuerda que las actuaciones se iniciaron a raíz de la declaración del interventor del Concello, Vicente José Calvo de Castillo, que motivaron la entrada y registro del Ayuntamiento y de las oficinas de Parquet Albanese en enero de 2012. El informe policial consideró que existían indicios de hechos delictivos, en concreto una trama para adjudicar directamente obras a Albanese, desviando fondos públicos mediante certificaciones por encima de lo verificado en obras ejecutadas por esta empresa y por Sanmartín. En el escrito del fiscal se hace referencia ya a la incorrección de los informes policiales en cuanto al IVA para llegar a la conclusión de que no existe falsedad documental.

Por lo que se refiere a la imputación de prevaricación al concejal Gerardo López Castrillón –al que se acusaba de haber encargado a Albanese obras que debería haber realizado Sanmartín por ejecución de un contrato de mantenimiento– el fiscal apunta que hubo discrepancias en cuanto a la interpretación del citado contrato. Sanmartín había agotado el crédito máximo disponible para ejecutar obras y llegó a haber –apunta el fiscal– reuniones para tratar estas discrepancias que concluyeron con un informe técnico en el que se determinó que Albanese podía ejecutar las obras.

También el presunto fraccionamiento de contratos –que se tomó como base para la acusación de tráfico de influencias– fue objeto de controversias entre los técnicos del Concello y la Intervención municipal. El fiscal entiende que puede hablarse de controversia pero no de un concierto entre el sector público y el privado.

El hecho de que Albanese viniese trabajando de este modo con el Concello desde antes de la llegada de López Castrillón al Ayuntamiento y de que no se haya probado la existencia de facturas falsas de esta empresa también fue argumentado por el fiscal en su escrito al juez.

El abogado Ulises Bértolo, que representó a la empresa Albanese y al antiguo interventor Manuel Vázquez, ha querido dejar constancia de que con la decisión judicial “se pone fin al calvario sufrido por la empresa Albanese, que lo único que hizo fue trabajar con corrección y celeridad para la Administración”. Añade que la compañía “se ha visto completamente desprestigiada por una causa infundada cuya instrucción se ha alargado dos años y a raíz de la cual ha perdido gran parte de su fondo de comercio que difícilmente podrá recuperar”.

El abogado de López Castrillón, Juan Ignacio Santaló, también ha expresado su satisfacción por la resolución judicial.