El juez ratifica una multa municipal al constructor del atropello mortal
Daniel Alvariño. Lama y Asociados
La Voz de Galicia.
Fueron irregularidades en el edificio lo que lo enfrentó con el fallecido
El juez de lo Contencioso-Administrativo de Ferrol ha confirmado una multa de 3.000 euros que el Ayuntamiento de Cedeira impuso al constructor Maximino Caruncho Pérez por irregularidades a la construcción del edificio que lo enfrentó con Juan José García Cheda.
Caruncho arrolló y mató a Cheda el pasado día 8 de julio, en una calle de la villa y desde entonces el empresario está en la cárcel. El juez de Ortigueira y la familia del fallecido entienden que fue un homicidio o asesinato, es decir, un acto intencionado, cosa que la defensa del acusado rechaza al estimar que se trata de un accidente fortuito e involuntario.
Se da la circunstancia de que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ferrol dictó la sentencia confirmatoria de la sanción municipal unos días después del siniestro, cuando ya el conductor se encontraba en la cárcel de Teixeiro.
El expediente administrativo solo por la multa de 3.000 euros ocupa dos voluminosas cajas de folios. Hay otras cinco multas anteriores de 2.000 euros cada una por incumplir los requerimientos de la alcaldía para que entregase la documentación necesaria sobre el proyecto de la polémica obra, situada en el cruce de las calles Almirante Moreno con la calle Escalera, de la villa cedeiresa. Al lado está la vivienda del fallecido, que fue quien emprendió acciones contra el promotor porque le afectaba a su casa.
Hace más de una década
De ello hace más de una década y a este primer pleito siguieron otros, también por iniciativa de García Cheda, por nuevas obras de Maximino Caruncho. Dentro de este caldo de conflicto se produjo el atropello mortal.
La sentencia del pasado julio del juez de Ferrol indica que la primera resolución de advertencia de anormalidad en la obra hecha por la alcaldía tiene fecha de 4 de julio del 2007. Entonces se le ordenaba la retirada de los elementos de construcción del inmueble (un edificio de planta baja, tres plantas y aprovechamientos bajo cubierta, destinado a pensión) que pudiesen afectar a la seguridad de las personas y vehículos que transitasen por la vía pública porque carecía de la red exterior o dispositivos similares que impidiesen la caída de cascotes a la calle. Tampoco tenía el vallado exterior adecuado, con peligros de desprendimientos para los peatones.
En septiembre del mismo año, el Concello había declarado ya la caducidad de la licencia concedida a Caruncho que se remonta al 19 de mayo del 2000. Desde el 2007, solo por este caso, se sucedieron advertencias, órdenes de cumplimiento y multas, una tras otra. Todo ello, recurrido está en los tribunales.
La sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ferrol recoge que con fecha del 27 de marzo del 2008, el Ayuntamiento resolvió imponer una multa coercitiva de 2.000 euros por incumplimiento de las resoluciones anteriores. Al mes siguiente, el arquitecto técnico municipal informó al alcalde de que la documentación aportada por Caruncho no era la que se le requirió sobre los cuerpos volados del edificio y la situación de las buhardillas. En junio, nueva multa de 2.000 euros. En mayo del 2009, otro requerimiento a Caruncho para que cumpliese o tendría nueva multa. Julio del 2009, tercera multa. Dos meses después, cuarta multa. En octubre, quinta, y en enero del 2010, sexta.