El juez confirma la licencia de un edificio de Mugardos

Ana Fernández Berini, Lama y Asociados

La Voz de Galicia.

Vecinos próximos habían recurrido alegando que se había sobrepasado en altura y que no se ajustaba al Plan Xeral.

El juez ha desestimado un recurso de vecinos próximos a un edificio de reciente construcción en Mugardos por entender que se ajusta plenamente al ordenamiento jurídico vigente y al planeamiento municipal. Se trata de un bloque de viviendas situado a la salida de la villa por la carretera de la Palma. Fue construida por la promotora Asesores y Gestores Inmobiliarios Silmacor, S. L.

La junta de gobierno municipal de Mugardos, con fecha de 16 de mayo del 2007, otorgó licencia de obra para la construcción de este edificio en la calle Rosalía de Castro (denominación que tiene en el callejero local la salida de la villa hacia La Palma). Un bloque de bajo y tres plantas.

En la fase administrativa del pleito, el alcalde ya había desestimado el recurso de reposición interpuesto por silencio administrativo por la denuncia de la vecina que firmaba el escrito.

El inmueble se levantó sobre un terreno del que se segregó una pieza de 366 metros cuadrados que fue cedido gratuitamente al Ayuntamiento de Mugardos, sobre de cargas y gravámenes.

Cambios en el proyecto

La licencia municipal fue otorgada, sin embargo, después de numerosas aclaraciones, reforma del proyecto y otros cambios requeridos por los técnicos municipales. Hechos tales, el Concello resolvió dar el permiso para un edificio de planta sótano, planta baja, tres plantas y bajo cubierta.

El juez estima que el incumplimiento de la normativa que denuncia la recurrente «debe quedar suficientemente acreditado». Y aclara luego que en este caso, la licencia «se ha concedido ajustándose a la legalidad, por lo que deben confirmarse las resoluciones administrativas impugnadas». Es decir, la licencia de obras.

El perito judicial

Además, todos los informes son correctos tanto de los técnicos municipales, como otros de carácter autonómico. El perito judicial, el arquitecto Juan Pérez López de Gamarra, indica en su informe que la obra ejecutada se ajusta «estrictamente a las alineaciones del Plan General de Ordenación Municipal, a la normativa del mismo y a las demás normativas aplicables». Dice también que las alturas no se sobrepasaron, el edificio se asienta sobre suelo urbano, por lo que «el edificio es legal».

Otro informe de la Axencia de Protección da Legalidade Urbanística de la Xunta concluye que la edificación en cuestión se ajusta al planeamiento, cumple con las normativa de altura máxima, el viario está previsto en el planeamiento y ejecutado por partes, «no apreciándose [según la Axencia] infracción alguna». Por ello el juez concluye desestimando el recurso contencioso-administrativo formulado en nombre de una vecina y declara conforme a derecho a la actuación municipal. No obstante, la sentencia no es firme porque contra la misma cabe un recurso ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

La Axencia da Legalidade Urbanística certificó que no había infracción