Los abogados Ricardo Pérez Lama y Rocío Beceiro. Sandra Alonso

Una asociación se persona para ser «la voz de la niña»

Ricardo Pérez Lama y Rocío Beceiro. Lama y Asociados.

El colectivo quiere ejercer la acusación popular contra los actuales imputados

La Voz de Galicia.

Los abogados Ricardo Pérez Lama y Rocío Beceiro, en nombre de la Asociación Clara Campoamor, presentaron ayer en los juzgados de Santiago un escrito en el que comunicaron al juez José Antonio Vázquez Taín la intención de este colectivo de ejercer la acción popular en la causa por la muerte de Asunta Basterra Porto. «Hemos presentado el escrito -explicó Pérez Lama- y ahora tenemos que esperar.

Hemos hablado con su señoría y, simplemente, le hemos manifestado nuestra intención de colaborar, tanto con él como juez como con el fiscal porque, evidentemente, lo que pretendemos, en boca de la presidenta de la asociación, es ser la voz de la niña».

En el escrito registrado ante el Juzgado de Instrucción número 2 de Santiago, la procuradora Soledad Sánchez Silva comunica la intención de la asociación de personarse «en calidad de acusación popular, ejercitando la acción penal contra los actuales imputados en esta causa y cualquier otra persona que pueda resultar responsable de los hechos enjuiciados». También pide que se le dé copia «de todo lo actuado y se entiendan con el procurador que suscribe las diligencias sucesivas».

La asociación ya se ha personado en otros casos de importante impacto social, como el del falso monje shaolín Juan Carlos Aguilar, acusado de dos asesinatos.

La entidad basa su interés en el caso de Asunta en sus propios estatutos fundacionales como asociación a beneficio de la infancia y la juventud, «es decir, en cumplimiento de uno de sus fines fundamentales de interés social, o lo que, es lo mismo, de carácter no lucrativo». El artículo 2 de esos estatutos contempla la «asistencia y actuación específica, bien sea judicial, social y/o psicológica en beneficio de la infancia y la juventud cuando los usuarios se encuentren en situación de grave riesgo por malos tratos físicos, psicológicos, agresiones sexuales, violaciones [..] y todos aquellos actos que, por su magnitud, revelen transgresión de los derechos fundamentales de los menores».

En su escrito al juez Taín, el colectivo destaca que su actuación resultó determinante «en otros procedimientos penales similares en los que se ha personado y actuado en calidad de acusación popular». Se refieren, por ejemplo, al caso de malos tratos habituales y asesinato del que fue víctima una menor de Narón; al asesinato de los gemelos ocurrido en A Coruña; o a los abusos sexuales de los que fue víctima una menor de Ferrol.

Por estas razones, la Asociación Clara Campoamor pide también que no se le fije fianza para personarse en calidad de acusación popular en esta causa y, subsidiariamente, en caso de que por el juzgado se acuerde fijarla, se declare como suficiente una cantidad no superior a trescientos euros. Sobre la cuestión económica, la entidad recuerda que es una asociación sin ánimo de lucro, que los profesionales que actúan en nombre de la misma «no devengarán honorario alguno a cargo de la asociación» y que todos los recursos que llevan a cabo «están destinados a la ayuda y atención directa de las personas a las que está dirigida su actividad»