La acusación contra Víctor Timiraos impugna el recurso presentado por su nueva abogada

Ricardo Pérez Lama y Ana Fernández Berini. Lama y Asociados.

Diario de Ferrol.

Continúa la brega judicial en uno de los crímenes que conmocionó a la ciudad el pasado año, el asesinato de Marta Sequeiro, la camarera del Bar Bonky que recibió 64 puñaladas la madrugada del 25 de abril de 2016. El único condenado –a 21 años de prisión– como autor del crimen, Víctor Timiraos, interpuso hace 20 días ante el Tribunal Superior un recurso contra la sentencia condenatoria de la Audiencia.

Su nueva abogada alegó que en el primer juicio su defendido no había tenido un adecuado asesoramiento jurídico, además de considerar que la motivación del veredicto por parte del jurado había sido insuficiente, por lo que pidió la anulación de la sentencia y la repetición de la vista oral.

Ahora la acusación, ejercida por el bufete ferrolano de Lama y Asociados, en representación de las hermanas de Marta Sequeiro y de su hijo, han decidido impugnar este recurso de apelación y solicitan al TSXG que confirme la resolución condenatoria por asesinato emitida por la Audiencia Provincial el pasado 11 de abril.

Por una parte, la acusación considera que Víctor Timiraos sí contó con todas las garantías legales y procesales y que en ningún momento sufrió indefensión. Así, detallan que fue asistido por una abogada colegiada que él mismo eligió y que ésta ejercitó su labor como consideró oportuno. Además, insisten en que si el ahora condenado tenía discrepancias sobre cómo su abogada ejercía las tácticas de defensa, podría haber cambiado de asistencia letrada.

Por ello, consideran que “la mejor o peor valoración que el condenado pueda tener de la actuación de su abogada no constituye un quebrantamiento de ninguna normal procesal, ni la vulneración de su derecho de defensa”.

La nueva abogada del Timiraos, Gloria Otero, centra gran parte de su recurso en lo que considera una insuficiente motivación del veredicto por parte del jurado popular. Cabe recordar que este mismo año el TSXG ordenó repetir el juicio de O Couto por considerar que la sentencia del magistrado del caso no había sido suficientemente motivada.

Veredicto

El recurso de Timiraos explica que los miembros del jurado respondieron de forma general y sin entrar en detalle a las preguntas del veredicto, “sin expresar los motivos concretos que les llevaron a tomar la decisión” de condenar al autor del crimen.

En concreto, el tribunal asegura que basa su decisión “en la aceptación de los hechos por parte del acusado, así como su comportamiento general y teniendo en cuenta las declaraciones de médicos forenses que examinaron tanta la escena del crimen como del cuerpo de la víctima”.

Una justificación que la acusación contra Víctor Timiraos considera suficiente para conocer la decisión condenatoria. En este sentido el bufete de Lama y Asociados se refiere a numerosas sentencias del Supremo en las que se detallada que “no puede exigirse a los ciudadanos que integran el jurado el mismo grado de razonamiento intelectual y técnico que pueda aportar el juez profesional”.

Del mismo modo, recuerdan que si el Magistrado considera que el veredicto incurre en algún aspecto de ilicitud o arbitrariedad podría haber obligado al jurado a redactar uno nuevo, cosa que no sucedió. Por ello, la acusación particular insiste en que solo la sentencia del magistrado es susceptible de someterse a control por vía de recurso de apelación al ser esta la que decide la condena.

Alevosía

La defensa de Timiraos también trató de desacreditar la calificación jurídica de asesinato al considerar que la alevosía no está justificada. “El hecho de que ella no pudiese defenderse no implica que la atacase de forma sorpresiva, pudo haber un primer golpe que la dejase indefensa”, alegó la abogada Olga Otero en su recurso.

La representación de la familia de Marta Sequeiro considera que existen elementos suficientes para calificar el ataque como sorpresivo, comenzando por el hecho de que Víctor Timiraos abandonase el local antes de la agresión para volver al poco tiempo, haciendo creer a Marta que se encontraba sola y a salvo.

Además, reiteran que existía una relación de confianza entre ambos por ser un cliente habitual del local. A mayores, justifican que las pruebas forenses encajan por completo con un ataque a traición sin dar oportunidad a la camarera a haberse defendido.

Respecto a la contaminación mediática que la abogada de Víctor Timiraos aludió en su recurso, la acusación particular estima en su impugnación que “no existe ni una sola aportación que revele” esta inferencia en los miembros del jurado o en alguno de los peritos y testigos que comparecieron durante el juicio oral.

Por todo esto, pide al TSXG que desestime el recurso y confirme la sentencia condenatoria.