Ricardo Pérez Lama - Lama y Asociados - Abogados Ferrol

La Junta rechaza la demanda, pero la Audiencia Nacional la implica en el caso

La vertiente judicial de este caso único en el mundo -existen otras familias con dos miembros fallecidos por Creutzfeld-Jakob, pero en ninguno se ha confirmado el contagio por consumo- introduce importantes novedades en torno a las posibles responsabilidades patrimoniales que se podrían derivar del fallecimiento de José Emilio Fanjul y su madre Sagrario.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha unificado en uno los procesos abiertos contra la Junta de Castilla y León y el Estado como consecuencia de la demanda registrada el 3 de mayo por la familia Fanjul. Ambas administraciones habían instruido individualmente los contenciosos presentados por el abogado de la familia y, en ambos casos, han refutado la demanda de la familia. La Audiencia Nacional había admitido a trámite previamente el recurso contra el Ministerio de Sanidad, pero no se había pronunciado sobre la posible responsabilidad de la Junta. A partir de ese momento, la representación legal de la familia Fanjul solicitó la acumulación del proceso. 4.000 folios de caso . El expediente judicial de este caso supera ya los 4.000 folios, 102 correspondientes a la demanda presentada en mayo. En este documento se asegura que la instrucción realizada por el Gobierno de Castilla y León está «en el polo opuesto» de la iniciada por el Estado, puesto que los abogados de la Junta resolvieron que todas las pruebas documentales solicitadas por la familia se referían a actuaciones que se suponían competencia de la Administración central. Pero la representación legal de las víctimas pretende desmontar esta «falsa afirmación», puesto que han presentado como pruebas documentales todos los registros sobre los controles que realizaron los funcionarios de la Consejería de Agricultura y Ganadería de Castilla y León a partir de julio de 1994 sobre la fabricación, almacenamiento y comercialización de piensos y también sobre los alimentos fabricados, mezclados o suministrados a las vacas en cebaderos o granjas de engorde. En particular, los controles que se referían a la prohibición de uso de proteínas derivadas de tejidos de mamíferos en la alimentación de rumiantes.

La Junta, para sostener la resolución final de su instrucción, afirmó que informes de la Dirección General de Producción Agropecuaria, del Servicio de Vigilancia Epidemiológica y Enfermedades Transmisibles y del Servicio de Vigilancia y Control Sanitario Oficial de la Agencia de Protección de la Salud y Seguridad Alimentaria explicaban todas las labores que habían realizado una vez conocido el fallecimiento de José Emilio y Sagrario. Sin embargo, la demanda advierte de la escasa validez de estos informes, puesto que no se trata de saber lo que las unidades consultadas hicieron después de que madre e hijo ingiriesen los productos contaminados con el agente causante de la enfermedad, sino lo que habían hecho antes para evitarlo.

«Desde el principio nos hemos venido quejando de las actuaciones que se han hecho en Castilla y León», recuerda el letrado Ricardo Pérez Lama. «Preguntar en qué restaurantes he comido o probar dónde me he infectado…». En su opinión, «aquí hay un caso de dos personas de la misma provincia que fallecen en un espacio de tiempo muy corto y en la misma provincia». «No sólo eso -«añade-«, sino que son de la misma familia y ella era una persona que no viajaba, por lo tanto el foco es el mismio. Es verde y con asas». El letrado subrayó que la familia de las víctimas «no puede pedir otra cosa que la responsabilidad de la Administración por el fallo en el sistema bajo la certeza de que ambos murieron por la misma enfermedad y el consumo de los mismos alimentos».