Imagen: Jorge Meis

El TSXG tumba la denuncia de Narón contra Ferrol por la gestión del EDAR

Ricardo Pérez Lama y Daniel Alvariño Heras. Lama y Asociados.

Diario de Ferrol

La sección 2 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia acaba de desestimar las dos denuncias que el Concello de Narón interpuso contra el de Ferrol por la gestión del saneamiento, haciendo así firmes las sentencias que previamente habían desestimado los juzgados ferrolanos en septiembre de 2015.

El Concello naronés pretendía que se declarase nula la encomienda de gestión de Aguas de Galicia al Concello de Ferrol –en aquel entonces gobernado por el Partido Popular– para la explotación y gestión del sistema de saneamiento del municipio, así como el protocolo de ejecución suscrito entre la administración ferrolana y Emafesa para llevar a cabo las tareas encomendadas.

El alcalde naronés, José Manuel Blanco, que fue el promotor de este proceso judicial, sostenía que dichos acuerdos no se ajustaban a la legalidad y eran nulos de pleno derecho. Según Blanco, Aguas de Galicia no podía haber encargado al Concello de Ferrol la gestión del saneamiento puesto que la administración local no pertenece al organismo autonómico y ello no se ajustaría a la Ley de Contratos del Sector Público. A mayor abundancia, Blanco aseguró –y así lo hizo constar en sus demandas– que el protocolo firmado con Emafesa tampoco se ajustaba a derecho por encomendar una gestión pública a una empresa parcialmente privatizada (el 49% es de Urbaser) y todo ello sin un concurso público de por medio.

Ahora, el TSXG ha abundado en la sentencias previas del juzgado de Ferrol que inadmitió el recurso contencioso administrativo por “falta de legitimación activa del recurrente”. Ahora, el tribunal gallego reincide en esa argumentación y señala que estos convenios “no le causa beneficios, no afecta a su autonomía” y, además, las instalaciones no están en su término municipal, por lo que no estaría legitimado para impugnarlo.

Sistema supramunicipal.

El Concello de Narón alegó en su momento que sí se veía afectado por esos acuerdos dada la intención de Aguas de Galicia de promover un sistema supramunicipal de gestión y saneamiento –estaba previsto conectarse al EDAR en 2016–.

Sin embargo, el Tribunal Superior explica en su auto que este supuesto todavía no se ha producido y, por lo tanto, solo cuando sea una realidad estará justificado el interés del Concello de Narón en dichos acuerdos. Tampoco admiten los magistrados el interés legítimo del municipio naronés por haber sido citado a las reuniones para tratar aspectos de la gestión del sistema de saneamiento.

El Concello incluso expuso que en los documentos del convenio de colaboración entre Aguas de Galicia y la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil para formalizar la entrega de las instalaciones del EDAR se hablaba de la depuración “de los municipios de Ferrol y Narón”, aludiendo a una titularidad compartida. Algo que “el resto de las partes negaron” en el presente recurso y de lo que no se han aportado pruebas, explican los magistrados del TSXG en sus diligencias de ordenación.

Además, enuncia el tribunal que “sigue sin acreditarse porque la anulación de este convenio puede producir efectos favorables al Concello de Narón, ni porque afecta negativamente a sus competencias, ya que el propio documento dice en su cláusula 7.4 que quedará sin efecto cuando se ponga en marcha el sistema de gestión municipal”.